Esta modificación está regulada mediante el Decreto 74/2013, de 18 de abril, por el que se modifica el Decreto 35/2000, de 28 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo y ejecución de la Ley de accesibilidad y supresión de barreras en la Comunidad Autónoma de Galicia.
El principal objetivo de este Decreto es la adaptación a la Directiva 95/16/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de junio, sobre aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas a ascensores.
Estas modificaciones, relativas a las características de accesibilidad que deben cumplir los ascensores, afectan a varios puntos, aunque no varían en gran medida a los que ya había establecidos. Entre las modificaciones destacan:
- Cambian las dimensiones mínimas interiores de las cabinas del ascensor. Se establece el tamaño de la cabina en función de la capacidad de carga nominal que es capaz de soportar.
- Se hace mención a la inclusión en de relieve en la botonera.
- Disposición de sensores de apertura y cierre en los laterales.
- Pequeña modificación (sin importancia) sobre la altura del pasamanos del interior de la cabina y de la separación de este con la pared.
Para acceder este decreto pincha aquí: Decreto 74/2013, de 18 de abril, por el que se modifica el Decreto 35/2000.
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